1. Introducción
Este Acuerdo de Socio Comercial ("BAA") complementa los Términos de Servicio de Keni o el Acuerdo de Servicios Maestros aplicable ("Acuerdo Subyacente") entre GETKENI LLC ("Keni") y cualquier cliente (la "Entidad Cubierta") cuyo uso de la plataforma de Keni pueda implicar la creación, transmisión, mantenimiento o divulgación de Información de Salud Protegida ("PHI") según lo definido en:
- •La Ley de Portabilidad y Responsabilidad de Seguros de Salud de 1996 (HIPAA),
- •La Ley de Tecnología de Información de Salud para Crecimiento Económico y Clínico (HITECH), y
- •Sus reglamentos de implementación, 45 CFR Partes 160 y 164 ("Reglas HIPAA").
Si, y solo en la medida en que Keni califique como "Socio Comercial" bajo las Reglas HIPAA, este BAA rige el manejo de PHI. Si Keni no califica como Socio Comercial, este BAA es nulo y sin efecto.
2. Definiciones
Todos los términos en mayúscula usados en este BAA tienen el mismo significado que en las Reglas HIPAA, incluyendo:
Socio Comercial, Brecha, Entidad Cubierta, Agregación de Datos, Conjunto de Registros Designado, Divulgación, Información de Salud Electrónica Protegida (ePHI), Operaciones de Atención Médica, Individuo, Mínimo Necesario, Regla de Privacidad, Información de Salud Protegida, Requerido por Ley, Secretario, Incidente de Seguridad, Subcontratista, Información de Salud Protegida No Asegurada, y Uso.
3. Responsabilidades del Socio Comercial (Keni)
Keni acepta:
3.1 Uso y Divulgación
No usar ni divulgar PHI excepto según lo permitido por este BAA o según lo requiera la ley.
3.2 Salvaguardas
Implementar salvaguardas administrativas, físicas y técnicas apropiadas para proteger PHI y cumplir con la Regla de Seguridad HIPAA (45 CFR §164 Subparte C).
3.3 Reportes
Reportar prontamente a la Entidad Cubierta cualquier uso, divulgación o Brecha no autorizada de PHI No Asegurada, y cualquier Incidente de Seguridad material según lo requiera la ley. Keni no está obligado a reportar intentos rutinarios no exitosos como pings, escaneos o inicios de sesión fallidos que no representen una amenaza material.
3.4 Subcontratistas
Asegurar que cualquier subcontratista que cree, reciba o transmita PHI en nombre de Keni acepte por escrito las mismas restricciones y salvaguardas requeridas por este BAA.
3.5 Acceso y Enmienda
Proporcionar a la Entidad Cubierta acceso a PHI en un Conjunto de Registros Designado dentro de los 15 días posteriores a una solicitud por escrito (45 CFR §164.524). Incorporar enmiendas a PHI dentro de los 30 días cuando se solicite bajo 45 CFR §164.526.
3.6 Contabilidad de Divulgaciones
Proporcionar la información necesaria para que la Entidad Cubierta proporcione una contabilidad de divulgaciones de PHI dentro de los 30 días de la solicitud (45 CFR §164.528).
3.7 Asistencia de Cumplimiento
Cumplir con los requisitos aplicables de la Regla de Privacidad al llevar a cabo cualquier obligación de la Entidad Cubierta bajo 45 CFR Parte 164, Subparte E.
3.8 Inspección del Secretario
Poner a disposición sus prácticas, registros y políticas relacionadas con PHI al Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EE. UU. (HHS) a petición.
4. Usos y Divulgaciones Permitidos por el Socio Comercial
Keni puede:
4.1 Prestar Servicios
Usar y divulgar PHI según sea necesario para realizar sus servicios bajo el Acuerdo Subyacente.
4.2 Desidentificar Datos
Desidentificar PHI de acuerdo con 45 CFR §164.514; los datos desidentificados pueden usarse para analítica, rendimiento o fines de mejora.
4.3 Uso Legal y Administrativo
Usar PHI para gestión interna y cumplimiento legal, siempre que las divulgaciones se hagan solo a entidades legales que acepten mantener la confidencialidad.
4.4 Requerido por Ley
Divulgar PHI cuando lo requiera la ley.
4.5 Agregación de Datos
Proporcionar servicios de agregación de datos para las operaciones de atención médica de la Entidad Cubierta (45 CFR §164.501).
5. Usos o Divulgaciones Impermisibles
Keni no usará ni divulgará PHI de manera que viole la Regla de Privacidad si lo realizara la Entidad Cubierta. Todo uso y divulgación debe seguir el estándar de Mínimo Necesario.
6. Responsabilidades de la Entidad Cubierta
La Entidad Cubierta representa y garantiza que:
- •Ha obtenido todos los consentimientos o autorizaciones necesarios para que Keni maneje PHI;
- •Notificará a Keni cualquier limitación de prácticas de privacidad o revocaciones que afecten el uso de PHI; y
- •Informará a Keni de cualquier restricción sobre el uso de PHI bajo 45 CFR §164.522.
Si la Entidad Cubierta no cumple o cambia las restricciones de manera que afecte la capacidad de Keni para realizar sus obligaciones, Keni puede terminar inmediatamente este BAA y/o el Acuerdo Subyacente.
7. Solicitudes Prohibidas
La Entidad Cubierta no solicitará a Keni usar o divulgar PHI de manera que viole la Regla de Privacidad HIPAA si lo hiciera la propia Entidad Cubierta.
8. Vigencia y Terminación
8.1 Vigencia
Este BAA entra en vigor en la fecha efectiva del Acuerdo Subyacente y termina automáticamente cuando dicho acuerdo finaliza o cuando se termine como se describe a continuación.
8.2 Terminación por Causa
Cualquiera de las partes puede terminar este BAA con 30 días de aviso por escrito si la otra parte incumple materialmente y no subsana la brecha dentro del período de aviso.
8.3 Terminación por Preocupaciones de Cumplimiento
Cualquiera de las partes puede terminar este BAA si el desempeño continuo violaría la ley o arriesgaría acción regulatoria.
8.4 Efecto de la Terminación
Al terminar:
- •Keni devolverá o destruirá de forma segura toda PHI cuando sea factible;
- •Si la retención es necesaria para cumplimiento legal, Keni continuará protegiendo PHI según lo requerido bajo este BAA;
- •Todas las obligaciones de confidencialidad y salvaguardas sobreviven a la terminación.
9. Disposiciones Varias
9.1 Enmiendas
Las partes acuerdan enmendar este BAA según sea necesario para mantener el cumplimiento con cambios en HIPAA u otra ley aplicable.
9.2 Ley Aplicable
Este BAA se regirá e interpretará bajo las leyes del Estado de Florida, manteniendo el cumplimiento con las Reglas HIPAA.
9.3 Cesión
Keni puede ceder o subcontratar sus obligaciones a terceros calificados que acepten cumplir con protecciones equivalentes a HIPAA.
9.4 Cooperación
Ambas partes acuerdan cooperar en caso de investigación de brecha, mitigación o consulta gubernamental relacionada con PHI.
9.5 Relación con el Acuerdo Subyacente
Este BAA complementa, y cuando sea necesario reemplaza, el Acuerdo Subyacente únicamente respecto a obligaciones relacionadas con PHI.
9.6 Sin Derechos de Terceros
Este BAA no crea derechos para ningún tercero.
9.7 Limitación de Responsabilidad
La responsabilidad total de Keni por cualquier reclamación bajo este BAA no excederá el total de tarifas pagadas por la Entidad Cubierta a Keni durante los seis (6) meses anteriores al evento que dé lugar a la responsabilidad. Keni no será responsable de daños indirectos, incidentales o consecuentes.
9.8 Acuerdo Completo
Este BAA constituye el acuerdo completo respecto a PHI y reemplaza cualquier acuerdo previo relacionado con obligaciones HIPAA.
9.9 Avisos
Los avisos bajo este BAA se entregarán de acuerdo con las disposiciones de aviso del Acuerdo Subyacente o de la siguiente manera:
Si es para el Socio Comercial:
GETKENI LLC
15435 SW 75th Circle Ln, Apt 107
Miami, Florida 33193
Attn: Legal Department
📧 legal@getkeni.io
Si es para la Entidad Cubierta:
A la dirección o correo electrónico asociado con la cuenta de Keni del Cliente.
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